
Caso Raúl Asencio y exjugadores del Real Madrid: procesados por grabar y difundir imágenes sexuales sin consentimiento
Análisis del Caso Raúl Asencio y exjugadores del Real Madrid: procesados por grabar y difundir imágenes sexuales sin consentimiento


Caso Raúl Asencio y exjugadores del Real Madrid: procesados por grabar y difundir imágenes sexuales sin consentimiento
El Juzgado de Instrucción nº 3 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) ha dictado recientemente el auto de procesamiento contra el futbolista Raúl Asencio, jugador del Real Madrid, y sus excompañeros Andrés García, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez, por su presunta implicación en la grabación y difusión de contenido sexual sin consentimiento, uno de los delitos más graves y sensibles en el ámbito penal y digital actual.
Desde CriminaLaw, despacho especializado en criminología aplicada y delitos sexuales, analizamos este caso desde una perspectiva jurídica, criminológica y social, para comprender su impacto y las implicaciones penales y victimológicas que conlleva.
¿Qué ha ocurrido?
Según ha comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el juez instructor ha puesto fin a la fase de investigación penal y ha dictado auto de procesamiento, lo que significa que existen indicios racionales de criminalidad contra los cuatro investigados.
¿Qué se les imputa?
La presunta grabación de imágenes sexuales de dos mujeres sin su consentimiento.
La presunta difusión de ese contenido, posiblemente a través de medios digitales.
Uno de los hechos afecta a una víctima menor de edad, lo que agrava sustancialmente la posible responsabilidad penal.
¿Qué implica el auto de procesamiento?
El auto de procesamiento es una resolución judicial que da por concluida la fase de instrucción y abre la posibilidad de iniciar el juicio oral. Es el momento en el que:
La Fiscalía y las acusaciones particulares pueden presentar escritos de acusación.
Se concreta el relato de hechos y la posible calificación jurídica.
Se da traslado a las defensas para preparar su estrategia.
No implica culpabilidad, pero sí establece que hay indicios suficientes para seguir adelante hacia un juicio penal.
¿Qué delitos podrían imputarse?
El Código Penal español contempla varios tipos penales aplicables a este caso, entre los que destacan:
📸 Delito de descubrimiento y revelación de secretos (art. 197.7 CP)
“Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con su anuencia en un domicilio o lugar privado.”
En este caso, podría aplicarse tanto si las imágenes fueron grabadas con o sin consentimiento, si luego fueron difundidas sin autorización.
Las penas aumentan si la víctima es menor de edad.
🧒 Delito contra la libertad sexual de menores (arts. 183 y 189 CP)
La grabación o difusión de material sexual donde aparezca una menor, aunque sea con consentimiento, puede constituir un delito de pornografía infantil o contra la indemnidad sexual de menores.
Las penas pueden llegar hasta 9 años de prisión, dependiendo del grado de implicación.
¿Por qué estos delitos son especialmente graves?
Vivimos en una sociedad hiperconectada donde la exposición digital tiene consecuencias irreversibles. En este tipo de delitos:
La víctima sufre una doble agresión: la captación de sus imágenes y su difusión pública.
Se genera un daño psicológico profundo, vinculado al trauma, la vergüenza y el miedo al juicio social.
En casos de menores, las consecuencias son aún más severas: afectan al desarrollo emocional, social y educativo.
🧠 Desde la criminología victimológica, hablamos de victimización secundaria, es decir, el daño añadido que sufre la víctima al revivir la agresión o al sentirse desprotegida por el sistema o la sociedad.
¿Qué consecuencias penales pueden tener los jugadores?
Si finalmente se demuestra su participación y se dictara una condena, podrían enfrentarse a:
Penas de prisión (que podrían superar los 5 años si hay agravantes).
Inhabilitación para cargos públicos o relacionados con menores.
Indemnizaciones civiles por daño moral y psicológico.
Consecuencias laborales y reputacionales: suspensión de contratos, sanciones deportivas, pérdida de patrocinios, etc.
¿Qué puede hacer la víctima en estos casos?
Desde CriminaLaw, asesoramos a víctimas de delitos sexuales y contra la intimidad digital para que puedan:
Presentar denuncias bien fundamentadas.
Obtener medidas cautelares como la retirada del contenido de internet o redes.
Contar con un informe criminológico pericial que acredite el daño psicológico y el impacto social sufrido.
Recibir acompañamiento psicológico, legal y criminológico durante todo el proceso.
El rol de la criminología en este tipo de delitos
Los criminólogos pueden intervenir de forma clave en procesos de este tipo:
Para la acusación (víctima):
Elaborando informes periciales sobre daño y victimización.
Evaluando el riesgo de revictimización o secuelas traumáticas.
Aportando información técnica sobre la dinámica de control, chantaje o exposición digital.
Para la defensa (si se acredita su inocencia):
Analizando si hubo dolo o intención real en la difusión.
Estudiando la cadena de custodia del contenido.
Proponiendo medidas de reparación extrajudicial o procesos restaurativos (si la víctima lo acepta).
Reflexión final: un caso mediático, pero con implicaciones profundas
Este no es solo un caso más con repercusión mediática. Es un ejemplo de cómo el uso indebido de la tecnología puede convertirse en arma de violencia sexual y simbólica, especialmente entre jóvenes. Y también evidencia que el sistema penal está empezando a responder con firmeza ante este tipo de agresiones invisibles pero devastadoras.
En CriminaLaw defendemos una justicia centrada en la protección de la víctima, la reparación del daño y la intervención técnica fundamentada. Porque el delito digital también deja huella, y la justicia debe estar a la altura.